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Legados solidarios
Creemos en una sociedad inclusiva y respetuosa de los derechos de todas las personas. Ponemos especial énfasis en el ocio y el deporte. Por todo esto, te necesitamos. ¡Ayúdanos a hacer un futuro mejor!
¿Qué debo saber sobre los legados solidarios?
- Se puede dejar un legado o instituir heredero a cualquier persona física o jurídica, para que cumplan con él la finalidad que elijas. Sin embargo, es necesario respetar la legítima, parte que corresponde a los familiares de línea directa.
- La parte de la herencia que otorgues a una Fundación no se verá mermada por impuestos. Al ser una persona jurídica, la Fundación no está sujeta al Impuesto de Sucesiones. Asimismo, los ingresos que recibimos por herencias y legados están exentos del Impuesto sobre Sociedades porque somos una organización sin ánimo de lucro.
- Se puede legar dinero o cualquier tipo de bienes (pisos, terrenos, joyas, acciones, etc.)
- El legado debe ser siempre normalizado en un documento notarial.
- Asesórate por un notario, que te resolverá todas las dudas.
- Todos los legados recibidos son valorados por expertos independientes. Si son de carácter inmobiliario, se convierten en nuevos recursos para las personas que atendemos. Si no es posible o son bienes de otra naturaleza, el producto de su venta está íntegramente destinado a nuestros fines.
Los legados se convierten en nuevos recursos para las personas con discapacidad intelectual que atendemos en la Fundació Vallès Oriental