La fundación

La Fundación Privada Vallés Oriental (FVO) es una entidad sin ánimo de lucro que atiende personas con discapacidad intelectual en el ámbito de Catalunya, con el fin de potenciar su bienestar y el de sus familias.

La FVO rige su funcionamiento según la Ley 4/2008, del 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Catalunya, relativo a las personas jurídicas así como a la Ley 7/2012, de 15 de junio, de modificación del libro tercero del Código Civil de Catalunya.

La FVO tiene como identidad el interés general como institución pionera en la acción social, siempre más próxima a las personas que a la administración pública. Es por ello que el papel de la Fundación no es suplir las carencias de la administración, sino complementar sus compromisos con la sociedad en cuanto a la atención de las personas con discapacidad intelectual.


La identidad de la FVO se manifiesta llevando a cabo las actividades que establecen sus Estatutos y las desarrolla día a día. Este testimonio es el reflejo de su proyecto y compromiso con las personas con discapacidad intelectual y sus familias. Las personas con discapacidad intelectual son sujetos de derecho, los cuales tienen que ver reconocidos y garantizados los derechos a la máxima autonomía, a la igualdad de oportunidades y a una vida y una educación de calidad.

La FVO tiene que ser una organización de calidad: con un nivel que responda a la finalidad por la cual fue creada, de la forma que su fundador ha previsto y que la sociedad necesite. Toda fundación tiene que ser fiel a unos principios y actuar con coherencia con los que lo rodean: beneficiarios, trabajadores, donantes… y su gestión tiene que ser transparente.

La FVO tiene naturaleza permanente y carácter exclusivamente social. Desarrolla su actividad sin ningún afán de lucro y de acuerdo con el principio de máximo respecto a la voluntad de los fundadores.

Se rige por la voluntad fundacional y por las normas que en la interpretación y desarrollo de esta voluntad, y con carácter expreso, haga su Patronato, según la Ley 4/2008, del 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Catalunya, relativo a las personas jurídicas así como a la Ley 7/2012, de 15 de junio, de modificación del libro tercero del Código Civil de Catalunya.

El domicilio social de la FVO se fija en La Roca del Vallès, a la carretera de Valldoriolf, s/n.

La FVO, de acuerdo con la legislación vigente, tiene personalidad jurídica propia y plena y capacidad de obrar.

La FVO tiene todos los privilegios procesales y los beneficios fiscales concedidos por la legislación vigente en cada momento, en virtud de que la FVO no tiene ningún afán de lucro, y su duración es ilimitada.